Institucional

Objetivos

El Art. 2 de la Ley Nº 24.076 - T.O. 2025, fija los siguientes objetivos para la regulación del transporte y distribución del gas natural, los que serán ejecutados y controlados por el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, creado por el artículo 161 de la Ley N° 27.742:

  1. Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores;
  2. Promover la competitividad de los mercados de oferta y demanda de gas natural y alentar inversiones para asegurar el suministro a largo plazo;
  3. Propender a una mejor operación, confiabilidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de los servicios e instalaciones de transporte y distribución de gas natural;
  4. Regular las actividades del transporte y distribución de gas natural, asegurando que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables de acuerdo a lo normado en la presente ley;
  5. Incentivar la eficiencia en el transporte, almacenamiento, distribución y uso del gas natural;
  6. Incentivar el uso racional del gas natural, velando por la adecuada protección del medioambiente; y
  7. Propender a que el precio de suministro de gas natural a la industria sea equivalente a los que rigen internacionalmente en países con similar dotación de recursos y condiciones.
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