Normativa

Grupo 5

Almacenamiento
Nomenclatura: NAG-501 (2018)

Nombre del documento: Norma Mínima de Seguridad para Plantas de Almacenamiento de GNL en tierra

Contenido: Requisitos mínimos de seguridad relacionados con el diseño, el emplazamiento, la construcción, la operación y el mantenimiento de plantas de almacenamiento de GNL en tierra, incluyendo los procesos de licuefacción de gas natural y regasificación de GNL. Quedan fuera del alcance de la presente norma las actividades relacionadas con el transporte marítimo o fluvial de GNL, la interfaz entre los buques metaneros y las instalaciones de GNL, y el diseño, la construcción, la operación y el mantenimiento de instalaciones marítimas o fluviales destinadas a operaciones de recepción y regasificación de GNL.

Modificaciones: Resolución RESFC-2019-218-APN-DIRECTORIO#ENARGAS (Capítulo 3).

Nomenclatura: Resolución RESFC-2019-56-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Contenido: Requisitos para la inscripción de Organismos de Certificación (OC) en el Registro de Organismos de Certificación (ROC) del ENARGAS, a fin de obtener la acreditación por parte del Ente, así como establecer los requisitos para la evaluación de conformidad y certificación de productos y servicios para la industria del gas con las normas de aplicación. Modifica y actualiza los Anexos aprobados por la Resolución ENARGAS N.º 138 de 1995.

Nota: Este documento no está incluido en el código NAG, pero resuelve especificaciones técnicas significativas, de alcance a los Grupos 1, 2, 3, 4 y 5 de dicho código normativo.