ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios que instrumentan los nuevos beneficios de la Ley N°27.637 Ampliación Régimen Zona Fría

El Ente Nacional Regulador del Gas
(ENARGAS) informa que, habiéndose dictado la reglamentación de la Ley N° 27.637
Ampliación Régimen de Zona Fría, aprobó los cuadros tarifarios que instrumentan
las disposiciones de dicha normativa.
El Ente Regulador procede con la
implementación efectiva con impacto en tarifa de dichos beneficios, tras el
dictado, al día siguiente de su reglamentación, de las Resoluciones ENARGAS N°
237/21; 238/21; 239/21; 240/21; 241/21; y 242/21, mediante las que esta
Autoridad Regulatoria aprobó los cuadros tarifarios correspondientes de Litoral
Gas S.A.; Gasnor S.A.; Naturgy BAN S.A.; Camuzzi Gas Pampeana S.A.; Gas Cuyana
S.A.; y Gas del Centro S.A.
Los cuadros tarifarios entrarán en
vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República
Argentina y los impactos en la facturación comenzarán a verse por los y las
usuarios/as del servicio en función de los cierres de lectura de cada período
de consumo, registrándose un impacto progresivo desde finales de este mes,
aumentando sucesivamente en los siguientes.
A propósito, Federico Bernal, Interventor
del ENARGAS aclaró que “empezarán a percibirse los beneficios a partir de fines
de agosto de forma moderada, para ir creciendo con las facturas de septiembre y
octubre. Esto variará de acuerdo a los cierres de lectura de cada prestadora”.
Cabe recordar que la Ampliación del
Régimen de Zona Fría incrementó en 3,1 millones el universo de beneficiarias y
beneficiarios en el servicio de gas natural por redes, con la implementación de
un descuento entre el 30% y 50% sobre la tarifa vigente, según corresponda.
Esto representa un beneficio para más de 12 millones de personas y reconoce una
demanda histórica que alcanza a 15 provincias y 231 departamentos del país.
Recordemos que ésta incorpora a las
provincias de Córdoba; Salta; San Juan; San Luis; Santa Fe; y amplía las zonas
beneficiadas en el caso de Buenos Aires y Mendoza y que ya abarcaba a las
provincias de Chubut; La Pampa; Neuquén; Río Negro; Santa Cruz; y Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Los Cuadros Tarifarios que forman parte
de las Resoluciones deberán ser difundidos por las Licenciatarias en sus áreas
de prestación. Asimismo, estas deberán comunicarlos a todos los
Subdistribuidores autorizados a operar dentro de sus respectivas áreas,
debiendo remitir constancia de ello a este Organismo dentro de los diez días de
notificada la presente.
Además, ENARGAS ordenó que para el caso
de que la entrada en vigencia de las Resoluciones se produzca durante el
transcurso de un período de facturación, será de aplicación lo dispuesto en el
Punto 14 (k) del Reglamento de Servicio de Distribución.