El Interventor Federico Bernal presentó una denuncia penal contra Aranguren, Chambouleyron y otros cinco ex funcionarios


El Interventor Federico Bernal presentó una denuncia penal contra Aranguren, Chambouleyron y otros cinco ex funcionarios

En el marco de sus obligaciones en razón de lo dispuesto por el Decreto N° 278/20 y la Ley N° 27.541, principalmente, en este caso, a raíz de las auditorías y revisiones llevadas adelante para Transportadora de Gas del Sur S.A. y Camuzzi Gas Pampeana S.A., el Interventor del ENARGAS, Lic. Federico Bernal, halló nuevas anomalías que trasuntan en ilícitos penales y que, como funcionario público, se encuentra obligado a denunciar.

En efecto, derivadas de tales auditorías, y además de una serie de irregularidades y vicios administrativos que llevaron al ENARGAS a recomendar al Poder Ejecutivo Nacional declarar nulas las resoluciones de la RTI para ambas licenciatarias, se verifican comportamientos y conductas que a primera vista encuentran encuadre en el Código Penal de la Nación.

En tal sentido, dichos comportamientos y conductas, respecto de las personas que se detallan a continuación, resultan en una preliminar significación penal de, al menos, los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 del Código Penal), negociaciones incompatibles con la función pública (art. 265 del Código Penal) y administración fraudulenta (173, inc. 7 del Código Penal), debiendo responder en calidad de co-autores (art. 45 Código Penal). Cabe agregar que la denuncia se dirige también contra todas aquellas personas que eventualmente se identifiquen como penalmente responsables de los hechos que se pesquisarán.

En consecuencia, Bernal denuncia penalmente a: Juan José Aranguren, ex Ministro de Energía y Minería de la Nación según Decreto 22/2015; Daniel Alberto Perrone, ex Subinterventor y posterior Director de ENARGAS según Decretos 287/2016 y 594/2017; Andrés Chambouleyron, ex Subsecretario de Coordinación de Política Tarifaria del ex Ministerio de Energía y Minería según Decreto 271/2015, David Tezanos, ex Interventor de ENARGAS según Decreto 164/2016; Andrés Ferraris, ex Director Nacional de Política Tarifaria y luego Director Nacional de Economía de los Hidrocarburos en el ex Ministerio de Energía y Minería según Decisiones Administrativas 109/2017 y 378/2018, respectivamente; Juan Manuel Carassale, ex Jefe de Gabinete del Ministerio de Energía y Minería de la Nación; Graciela Cristina Bevacqua, ex Directora Técnica del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) según Decreto 181/2015.

En síntesis, los hechos de la denuncia de sustentan en una presunta manipulación del factor de actualización de la base tarifaria, la cual tiene enorme relevancia en el cálculo tarifario, dado que incide en la tarifa desde dos puntos de vista, a saber: Rentabilidad y Amortizaciones. Lógicamente, ello impacta en la tarifa de los usuarios y las usuarias.

La maniobra que se denuncia es que se habría manipulado y establecido arbitrariamente el factor de actualización de la Base Tarifaria de las licenciatarias del servicio público de transporte y distribución de gas por redes muy por encima del que hubiera surgido de un procedimiento administrativo correcto y transparente, a fin de asegurarles a dichas empresas un ingreso indebido solventado por los usuarios y las usuarias al pagar periódicamente las facturas de gas.

El proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos que culminó en el 2017 con la elección de una combinación de índices de precios que redundaron en un factor de actualización sobre la base tarifaria de “33” (de punta a punta, desde enero de 1993 a diciembre del 2016), tuvo un efecto sobre las tarifas del servicio que se refleja en los mayores montos en concepto de rentabilidad y amortizaciones que les aportaron a las licenciatarias del servicio de gas por redes ingresos en exceso para el quinquenio 2017-2021 por al menos 21.255 millones de pesos constantes de diciembre de 2016 (equivalente a 1.343 millones de dólares), si se los compara con una propuesta alternativa analizada por los mismos funcionarios involucrados, consistente en una combinación de índices nacionales que llevaban a una actualización sobre la base tarifaria de “24” veces, que –casual y sospechosamente- coincide con el resultado de aplicar la previsión original del marco regulatorio de los años ’90, esto es mantener las tarifas en dólares.

Este sobredimensionamiento está siendo soportado injustificadamente por los casi nueve millones (9.000.000) de usuarios y usuarias del servicio público. Estas conductas efectuadas con la finalidad de llevar artificialmente el factor de actualización a 33, significó un incremento del 3.300% para este componente tarifario.

Esta manipulación que se denuncia, no solo tuvo ese efecto gravísimo en la economía de los argentinos y los argentinas en calidad de usuarios y usuarias de este servicio público, sino que además se debió presuntamente, según las pruebas que se han obtenido, a incorporar dentro de su cálculo presuntas indemnizaciones por perjuicios ante el CIADI (organismo internacional dedicado al arreglo de diferencias relativas a inversiones), ciertamente, por denuncias que ni siquiera se habían hecho a pesar del paso de los años y que, en caso de hacerse, tienen un resultado incierto (pueden perder como ganar).

Al incluirse los montos por eventuales reclamos ante el CIADI, se garantizaba al 100% de los accionistas de las empresas de gas el recupero, vía tarifa -a costa de los usuarios y usuarias-, de algo que ni siquiera había sido presentado ante ese tribunal, por montos hipotéticos, y que, a todo evento, no correspondía en atención a lo que determinaban las Actas Acuerdo de Renegociación Contractual Integral.