Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo


¿Cuál es el beneficio?

Mediante el Artículo 1º de la Ley N° 27.098 se instituyó el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo, destinado a la generación de inclusión social e integración colectiva a través de la promoción, fortalecimiento y desarrollo de dichas organizaciones, mediante la asistencia y colaboración, con el fin de fortalecer su rol comunitario y social.

El beneficio consiste en un tratamiento tarifario diferencial que incorpora una bonificación en el valor del metro cúbico de gas consumido aplicado en la factura.

En el marco del Período de Transición establecido por el Decreto No 465 del 27 de mayo de 2024, la Resolución N° 91/2024 de la Secretaría de Energía equiparó tales bonificaciones a las que resulten aplicables al consumo base de los usuarios residenciales del Nivel 2 - Bajos Ingresos (64% del precio de gas en el PIST).

¿Cómo inscribirse?

Podés solicitar el ingreso al Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) según lo dispuesto en el Artículo N° 2 de la Disposición DI-2026-3-APN-SSTYPE#MEC de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético de la Secretaría de Energía.

TAD: Subsidios Energéticos para Clubes de Barrio y Pueblo - Ley 27.098

Manual de Usuario para Clubes de Barrio y Pueblo

Normativa vigente

Ley 27.098

Resolución SE 992/2021

Resolución SE N° 95/2023

Resolución SE No 91/2024

Resolución SE N° 276/2025

Disposición SSTYPE-SE N° 4/2025

Disposición DI-2026-3-APN-SSTYPE#MEC

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